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jueves, 7 de mayo de 2009

Divorcio a la chilena.

Que cada legislación mundial ha desarrollado sus propias peculiaridades para adaptarse a la idiosincracia de cada pueblo, no es un misterio para nadie. A eso ayudan, por supuesto, los resquicios legales y los sofismas de abogados y jueces, que se las arreglan para torcer las leyes hacia el negro cuando dicen blanco, o hacia el blanco cuando dicen negro. Uno de los casos más insólitos en Chile, es el de las llamadas "nulidades matrimoniales".

En la redacción original del Código Civil de Chile (que entró en vigencia en 1857), a pesar de soplar aires liberales en la atmósfera política de la época, Andrés Bello no se atrevió a ir contra la Iglesia Católica, y sometió el estatuto legal del matrimonio a las leyes eclesiásticas. El resultado es que existía un divorcio, pero era sin disolución de vínculo. Su efecto natural era la llamada "separación de cuerpos" (es decir, cesaba la obligación legal de la mujer de seguir a su marido, y del marido de acoger a su mujer), pero no disolvía el vínculo, y por lo tanto impedía contraer nuevo matrimonio (en ese cuadro, una persona divorciada que volviera a casarse, cometía delito de bigamia). Con la Ley de Matrimonio Civil de 1884, las cosas no cambiaron demasiado, y siguió sin haber posibilidades para el divorcio vincular, pero surgió una trampita. La ley decía que el matrimonio debía ser celebrado por un oficial del Registro Civil y de Identificación ("Registro Civil" a secas, para los amigos), y que éste debía tener por jurisdicción, aquella que fuera del domicilio de los contrayentes. O sea que si el oficial que celebraba el matrimonio, lo hacía en el territorio que no correspondía, entonces el matrimonio era nulo y podía ser proclamado como tal por el juez. Y siendo el matrimonio nulo, los anulados podían volver a contraer impunemente matrimonio.

Y empezó la farsa. Ya a finales del siglo XIX los abogados empezaron a impugnar matrimonios argumentando la falta de competencia territorial del oficial de Registro Civil que había celebrado. Lo que era fraude abierto, porque para probar esto se llevaban testigos que iban derechamente a mentir sobre el domicilio de los contrayentes que buscaban la nulidad. En 1925, un tribunal aceptó por primera vez esta tesis, y a partir de entonces el asunto fue degenerando cada vez más. Porque las nulidades se hicieron corrientes, e incluso muchos jueces, a pesar de saberse que toda la operación no era sino un gigantesco fraude contra la ley, se prestaban a ella en el convencimiento (real, por cierto) de que las leyes decimonónicas sobre el matrimonio eran demasiado rígidas. Durante décadas, para remediar esto, se buscó reformar la Ley de Matrimonio Civil, pero los sectores políticos de derecha, y en particular los vinculados a la Iglesia Católica, se negaron rotundamente una y otra vez, basados en una determinada posición valórica sobre cómo debían ser las leyes y estructurarse la sociedad, posición valórica que, por lo demás, durante el siglo XX no hizo más que debilitarse y perder credibilidad, hasta verse constreñida a un grupito sectario de acólitos de la Iglesia Católica. Mientras tanto, se llegaba al ridículo de ver personas anuladas dos y tres veces, con lo que uno buenamente podía preguntarse cómo al segundo matrimonio no habían aprendido que debían casarse frente a un oficial de Registro Civil que sí fuera competente, para que ese segundo o tercer matrimonio no resultara tan "nulo" como el primero...

Finalmente, cuando quedaban sólo dos países en el mundo sin aceptar el divorcio vincular (Chile y el Vaticano), fue promulgada la Nueva Ley de Matrimonio Civil, en el año 2004. En ella se eliminó la incompetencia territorial del oficial de Registro Civil como causal de nulidad, pero por otra parte, sí se institucionalizó el divorcio con disolución de vínculo. Con lo que el por muchos llamado "divorcio a la chilena", o sea, la invocación fraudulenta de la nulidad de un matrimonio, finalmente cesó. Y a tanto llegó el cambio, que la mencionada ley, cuyo nombre oficial es "Nueva Ley de Matrimonio Civil", pasó a ser conocida entre el común de la gente como la "Ley de Divorcio"...

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